NORMAS INTERNACIONALES DE CRÍA (2º ARTÍCULO)
Los dueños de las hembras deberán mandarlas con otra persona o mandarlas personalmente al lugar donde se realizará la cubrición. En el caso de que la hembra pertenezca varios días en casa del dueño del semental , el propietario de la hembra correrá con todos los gastos de manutención, atención médica o posibles daños ocasionados a la casa del macho.
En lo referente al transporte de la hembra, también correrá a cuenta del propietario.
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