lunes, 5 de mayo de 2014

CRUCE ACCIDENTAL DEL DOGO ALEMÁN

NORMAS INTERNACIONALES DE CRÍA (ARTÍCULO SEPTIMO)

El dueño del macho afirmará, mediante un certificado de cubrición, que él presenció la misma en todo momento.
En los países donde exista una fórmula especial para asentar el cruce, es la obligación del dueño de la hembra conseguir el formulario, cumplimentarlo y presentarlo al dueño del semental para su firma.
En el formulario deberán constar los siguientes datos:

  1. Nombre y número de registro del semental.
  2. Nombre y número de registro de la hembra.
  3. Nombre y dirección del dueño del semental.
  4. Nombre y dirección del dueño de la hembra, y fecha en la que fue adquirida.
  5. Lugar y fecha de la cubrición.
  6. Firma de ambos dueños.
  7. En el caso de que la Oficina de Registros lo pida, una copia certificada del pedigrí.
El dueño del macho debe proporcionar de forma gratuita todos estos documentos al dueño de la hembra.


No hay comentarios:

Publicar un comentario